Entidad educativa fue multada con más de S/ 690 000 en segunda instancia.
Por no implementar medidas de seguridad en su infraestructura, poniendo en riesgo a los estudiantes, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó en segunda y última instancia administrativa, una multa de 134,9 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 694 735 impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3) a Sociedad Saco Oliveros S.A.C.
A través de la Resolución 2086-2024/SPC-INDECOPI, se determinó que la entidad educativa puso en riesgo a sus alumnos, al no implementar medidas de seguridad para restringir el ingreso a la azotea de su sede de Salamanca, distrito de Ate, lo que conllevó a que una menor de 12 años acceda a dicha zona y caiga desde la misma.
De esta manera, la Sala confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3) del Indecopi.
Asimismo, se confirmó la responsabilidad del colegio Saco Oliveros por no haber implementado adecuadamente las medidas preventivas necesarias ante actos de violencia escolar y por no adoptar medidas de acción, contempladas en la normativa correspondiente, frente al reporte de actos de violencia. Este caso será devuelto a la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3) para que se imponga la sanción que corresponda.
La Resolución es pública y puede revisarse en este enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/dae02c08-0663-4ccc-9c55-0ba19cea88b1.